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SUBVENCIONES AL RETORNO DEL TALENTO EN CLM

Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dentro del programa retorno del talento en Castilla-La Mancha 

Plazo de presentación de solicitudes: 

3 meses desde la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, y en todo caso, hasta el 15 de diciembre de ese mismo ejercicio.

Objeto: 

Subvenciones de concesión directa para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas castellanomanchegas que se encuentren residiendo, residan, o hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Destinatarios: 

Las personas que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos específicos:

  1. a) Que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad. b) Que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, durante un período de, al menos, seis meses en los últimos doce meses contados desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente. c) Que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos diez años anteriores anterior a la publicación de la resolución con los créditos presupuestarios

Requisitos: 

  • Que hayan nacido o hayan estado empadronadas en alguna localidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, o bien que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en alguna oficina de empleo de la región, o que hayan obtenido su titulación oficial en algún centro de formación de la Comunidad Autónoma, antes de su partida al extranjero.
  • Que figuren inscritas como demandantes de empleo, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • Que realicen la actividad económica en Castilla-La Mancha.
  • Que hayan causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente con carácter previo a la presentación de la solicitud de subvención.
  • Que la actividad emprendedora no supere los parámetros de microempresa.

Importe: 

La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 6.000 euros. Esta cuantía se incrementará se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre.

 RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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