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PLAN PRÉSTAMOS CIRCULANTE COVID-19

 

El INSTITUTO DE FINANZAS con el objetivo de proporcionar a las empresas liquidez, especialmente personas autónomas y micropymes, facilitando financiación de circulante a las Pymes de Castilla-La Mancha, que sirva para mantener y asegurar el empleo y reducir los efectos negativos del Covid-19, y con especial atención a empresas del sector de la hostelería, artesanía y comercio de proximidad, ha puesto a disposición del tejido empresarial de Castilla-La Mancha EL PLAN DE PRÉSTAMOS CIRCULANTE COVID-19.

 

Objetivo:

Facilitar financiación a las Pymes para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez.

 

Destinatario final:

El destinatario final debe ser Empresario/a individual (Autónomo) o empresas con o sin personalidad jurídica, como por ejemplo Sociedades Limitadas o Comunidad de Bienes, respectivamente. En cualquier caso deberán ser pequeñas y medianas empresas (Pymes).

 

Productos:

Préstamos a Pymes que requieran financiación para operaciones de circulante. Se establecen dos líneas de préstamos diferenciadas por el sector al que pertenezca la PYME:

  • Préstamo circulante COVID-19 Hostelería, Artesanía y Comercio de Proximidad. Préstamos a Pymes cuya actividad principal sea el alojamiento, restauración, establecimientos de comidas y bebidas, actividades artesanas, y comercio de proximidad referido al comercio minorista.
  • Préstamo circulante COVID-19. Préstamos a pequeñas y medianas empresas.

Cada una de estas líneas dispone de dos modalidades de préstamo en función de la categoría de Pyme:

  • MICRO-PRÉSTAMO: Destinado a Microempresas. Importe nominal no superior a veinticinco mil euros (25.000 euros).La cuantía máxima del préstamo no podrá ser superior al 25% de la facturación del ejercicio 2019. Esta limitación no será aplicable para aquellas Pymes con fecha de inicio de la actividad posterior a 31-12-2018, en cuyo caso se tomará como referencia las necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los próximos 12 meses. El tipo de interés será del 1 % salvo aquellas que opten por la categoría exenta de ayuda pública que tendrán un tipo de interés fijo del 6,5%.

 

  • PYME-PRÉSTAMO: Destinado a Pymes. Importe nominal no superior a cien mil euros (100.000 euros). La cuantía máxima del préstamo no podrá ser superior al 25% de la facturación del ejercicio 2019. Esta limitación no será aplicable para aquellas Pymes con fecha de inicio de la actividad posterior a 31-12-2018, en cuyo caso se tomará como referencia las necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los próximos 12 meses. El tipo de interés será del 1 % para operaciones de préstamo de cuantía no superior a veinticinco mil euros (25.000 euros) y del 2% para operaciones de préstamo de cuantía superior a veinticinco mil euros (25.000 euros). No obstante, aquellas operaciones que opten por la categoría exenta de ayuda pública tendrán un tipo de interés fijo del 6,5%.

http://www.ifclm.es/doc/IFCLM_Bases_COVID19_v2.pdf

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

 

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