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AYUDAS PARA EL SECTOR ARTESANO DE CASTILLA LA MANCHA

Plazo de solicitud desde el 2 de junio hasta el 3 de julio de 2023

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha convoca las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla La Mancha para el ejercicio 2023.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables debe estar incluido entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo del 2023 y de manera excepcional cuando se trate de gastos efectuados en concepto de inscripción en ferias y otros eventos comercializadores artesanales de interés general que se contemplan en la línea de promoción del sector artesano, se admitirán los gastos y los pagos realizados tres meses antes a la fecha de inicio del plazo de ejecución.

BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS:

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas, privadas, así como comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.

1.        LÍNEA DE DIGITALIZACION DEL SECTOR ARTESANO.

  1. Transformación digital:

1º. Incorporación de nuevas tecnologías destinadas a mejorar el desarrollo de su actividad, tales como equipos informáticos, incluyendo los ordenadores portátiles, o software.

2º. Elaboración de un plan de transformación digital.

  • Fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico o venta online:

1º. Creación, implementación, actualización y mantenimiento de páginas web propias corporativas y/o de comercio electrónico (ecommerce).

2º. Integración en portales web o marketplace en los que se promocione o realice comercio electrónico o venta online.

3º. Creación de un Marketplace.

4º. La adquisición de elementos de embalaje para la paquetería de los productos de venta online.

 5º. Generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos.

6º. Servicios de posicionamiento en internet.

2.        LÍNEA DE PROMOCIÓN DEL SECTOR ARTESANO.

  1. Comercialización de productos artesanos, tales como participación en ferias y eventos comercializadores artesanales de interés general que se desarrollen en España.

Los gastos subvencionables serán:

  1. Gastos de alquiler del espacio expositivo, bien con stand propio o compartido con otros artesanos, y siempre que los productos sean de elaboración propia.
    1. Gastos por la contratación de servicios básicos y/o seguros obligatorios.
    1. Gastos correspondientes a viajes en autobús, avión, ferrocarril, barco o en su caso, los desplazamientos realizados por medios propios, únicamente de ida y vuelta y por una sola vez, a la feria, así como e l alojamiento durante os días de desarrollo de la feria y dos más los destinados al montaje y desmontaje del stand.    
    1. Los gastos del transporte, y en su caso del seguro, de las piezas para su exposición y venta, cuando exista una distancia mínima de 100 Km entre el domicilio de la empresa y la feria o evento.
  • Fomento a la visibilidad del sector, tales como organización de exposiciones, muestras y otros eventos de carácter promocional de la actividad artesana, que se desarrollen en España, la creación y diseño de marcas comerciales, así como la publicidad y elaboración de material promocional que comprendan los siguientes gastos:
  1. El alquiler de espacio expositivo
  2. Alquiler y la instalación de stand modulares y la instalación de moqueta, tarima u otros de naturaleza similar.
  3. Contratación de suministros de agua y electricidad.
  4. Contratación de servicios de telefonía e internet, publicidad, vigilancia, limpieza, etc.
  5. Contratación de seguros obligatorios
  6. Creación de marcas comerciales y adaptación a paquetería de los productos de venta  online o papelería básica.
  7. Realización de campañas publicitarias por medios de comunicación online y offline.
  8. Producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes y publicitarios.

3.        LÍNEA DE INVERSIÓN EN TALLERES ARTESANOS.

Se subvenciona:

  1. Modernización de los talleres artesanos, contemplando los gastos de rehabilitación reformas, ampliación, modernización, etc…
    1. Mejora de la capacidad productiva, contemplando la adquisición, montaje e instalación de maquinaria nueva, equipos, modernización de la maquinaria existente u obtención de una certificación, norma u homologación de calidad.

CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

El porcentaje máximo que podrá concederse por cada actuación será del 70% del gasto subvencionable aprobado.

El importe total máximo de la ayuda a percibir por cada persona o entidad beneficiaria con independencia del tipo y cantidad de líneas o actuaciones solicitadas será de 10.000 euros.

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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