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AYUDAS AL COMERCIO MINORISTA DE CASTILLA-LA MANCHA

Abierto plazo de solicitud hasta el 18 de Junio de 2018

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha pone a disposición del comercio minorista una serie de ayudas y subvenciones dirigidas a los comercios (personas físicas y jurídicas y comunidades de bienes) que incorporen nuevas tecnologías, mejoren la gestión empresarial, fomenten su presencia en internet a través del comercio electrónico y/o desarrollen proyectos de mejora de la imagen comercial.

Las asociaciones de comerciantes que desarrollen acciones conjuntas para mejorar la oferta comercial a los ciudadanos también podrán solicitar dichas ayudas.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.

b) Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras necesarias para estas actuaciones.

c) Adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos. No se subvencionan bienes usados.

d) Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y similares (se excluye la adquisición de ordenadores portátiles, tablets, smartphones o cualquier otro dispositivo móvil)

e) Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial (se excluyen los programas antivirus, las actualizaciones de software, renovación de licencias o cualquier gasto de mantenimiento)

f) Desarrollo e implantación de una página web de comercio electrónico (se excluye el mantenimiento de la página web o la actualización de la existente)

g) Elaboración de un manual de identidad corporativa.

REQUISITOS

Entre otros:

a) Que las actuaciones NO se inicien con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Estar dado de alta en alguno de los epígrafes de la agrupación 64, 65 y 66 y realizar las inversiones deben realizarse en Castilla La Mancha.

c) Plazo de ejecución de tres meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.

d) La solicitud de la subvención y todo el procedimiento se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica o certificado digital.

e) Dar publicidad de las ayudas obtenidas.

IMPORTE DE LA SUBVENCION

La subvención que podrá concederse no superará el 70% del gasto que se considere subvencionable.

LIMITE DE GASTO

Entre 1.000 y 5.000 euros, excluido el IVA.

VALORACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se regirán por el régimen de concurrencia competitiva, que significa que una vez que haya finalizado el plazo de solicitud, todas las solicitudes serán valoradas en base a los criterios de valoración fijados por la Administración, que son públicos y conocidos por las empresas que quieran hacer una solicitud, y se las atribuirá una puntuación. Una vez asignadas a las solicitudes la puntación, de mayor a menor se realizará una lista priorizada, a los efectos de repartir el presupuesto de cada convocatoria.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN

El plazo está abierto hasta el 18 de junio de 2018.

Se admitirá una única solicitud por interesado, y en el caso de presentar más de una solicitud, será admitida la presentada en último lugar.

RODRIGUEZ&CORTS

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SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS

Plazo de solicitud hasta el 28 de Junio de 2018

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha convoca para el año 2018 las subvenciones a fondo perdido y en concurrencia competitiva para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización, con el carácter de ayudas de mínimos.

Estas subvenciones no van dirigidas ni al sector artesano ni al sector industrial agroalimentario, y serán beneficiarias las pymes y autónomos ya constituidas o que se encuentren en fase de constitución en el momento de presentar la solicitud.

Como requisitos generales, entre otros, destacar que la empresa deberá mantener las condiciones de inversión, actividad y demás condiciones durante un periodo mínimo de 3 años a contar desde el abono de la subvención, no iniciar las inversiones o gastos antes de solicitar la subvención, disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales si es obligatorio, llevar un sistema de contabilidad específico, aportación del 25% en recursos propios, no tener la consideración de empresa en crisis, no haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita subvención en los dos últimos años anteriores a dicha solicitud y ser muy riguroso en la forma de acreditar y justificar los pagos de las inversiones o gastos subvencionados. Por otra parte, se han fijado una serie de actividades y sectores excluidos que no podrán tener acceso a las subvenciones, por lo que se aconseja realizar la oportuna consulta a FEDETO.

En este programa de subvenciones el porcentaje de la subvención vendrá determinado por el tamaño de la empresa (microempresa, pequeña o mediana) y, en algunos proyectos, por la clasificación de las solicitudes conforme a una puntuación otorgada según diferentes criterios de valoración, que supondría poder obtener más subvención.

Las solicitudes de subvención se podrán presentar sólo por vía telemática. En este sentido puede consultar con FEDETO cómo se debe hacer el trámite.

PARTICIPACIÓN DE LAS EMPRESAS COMO EXPOSITORAS EN FERIAS NACIONALES Y REGIONALES

a) Proyectos subvencionables:

Participación de la empresa como expositor con stand propio en ferias comerciales nacionales y/o regionales para promocionar sus productos o servicios. Se incluyen jornadas, encuentros, certámenes, exposiciones, convenciones, congresos o análogos.

La inversión o gasto subvencionable no podrá ser inferior a 3.000 euros.

b) Gastos subvencionables.

El canon del suelo o superficie y suministros asociados, construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, alquiler del mobiliario, transporte de mercancías al recinto ferial, intérpretes, azafatas, seguridad, inserción en el catálogo de la feria o evento, gastos de desplazamiento y alojamiento para una persona por empresa.

c) Cuantía de la subvención.

Una vez realizada la lista priorizada, en base a los criterios de valoración fijados, se establece:

En el caso de gastos por desplazamiento, alojamiento y manutención, el coste subvencionable es el justificado, teniendo en cuenta los siguientes límites:

1. Por desplazamiento, el gasto máximo subvencionable lo será por kilómetro recorrido en la cuantía de 0,20 euros/kilómetro.

22. Por alojamiento y desayuno, el gasto máximo subvencionable será de 64 euros/día.

32 Por manutención, el gasto máximo subvencionable será de 40 euros/día.

La cuantía de subvención no excederá del 50 % de los costes subvencionables, con un máximo de 12.000,00 euros.

d) El plazo de ejecución de los proyectos, máximo de 12 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.

No se debe haber pagado nada antes de la solicitud. El inicio es una vez presentada la solicitud.

APERTURA DE NUEVOS MERCADOS O LA MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN

a) Proyectos subvencionables.

Actuaciones para la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización a través de actividades de promoción como:

12. La realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.

22. La elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.

32 La realización de campañas publicitarias.

RODRIGUEZ&CORTS

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SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CASTILLA-LA MANCHA

Plazo de presentación de solicitudes:
Del Viernes 13 de abril 2018 al Jueves 15 de noviembre de 2018
Objeto:
Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:
a) Favorecer, a través de la contratación laboral indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo y fomentar la estabilidad en el empleo.
b) Facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.

Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de Seguridad Social propio de los trabajadores por cuenta ajena, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:
Requisitos en las contrataciones iniciales indefinidas de personas con discapacidad:
1º.- Deberán haber permanecido inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en alguna de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.
2º.- La entidad, con anterioridad a la contratación, deberá solicitar el trabajador con discapacidad en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha con el documento de la oferta de empleo.
Requisitos en las transformaciones.
– Las transformación en indefinidos serán de contratos temporales de fomento del empleo de personas discapacitadas (Ley 43/2006, de 29 de diciembre), así como la transformación en indefinidos de los contratos formativos.
– Las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad, estarán destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal.

Importe:
Línea I.
– Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad, consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementar con las siguientes ayudas:
a) 1.300 euros si la persona contratada es hombre o 2.000 si es mujer, cuando se cumpla una de las condiciones previstas en el artículo 13.1 a).
b) 2.200 euros si la personas contratada es hombre o 2.800 si es mujer, siempre que la contratación cumpla alguna de las condiciones previstas en el artículo 13 1 b).

Línea II.
– Ayudas para la adaptación, hasta 901.52 euros.

Criterios:
El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

Documentación a aportar:
Junto con el formulario de solicitud donde se acreditará el cumplimiento de los requisitos, se aportará para las 2 líneas de ayuda la siguiente documentación:

a) Escritura pública de constitución y estatutos, en su caso, inscritos en el registro correspondiente, Código de identificación fiscal y escritura de apoderamiento de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica.
b) Si es persona física, documentación acreditativa del poder de su representante en su caso.
c) Acreditación del grado de discapacidad, mediante la aportación de la documentación a la que se refiere el artículo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre.
d) En la Línea II: factura del gasto y documento acreditativo del pago.
e) Autorización del trabajador, conforme al formulario del anexo III.

Lugar de presentación:
La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Programas de Empleo.
En Línea I la presentación de solicitudes sólo será de forma telemática.
En Línea II se podrá presentar de forma telemática o de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En este último caso cuando el que presente la ayuda sea el propio trabajador discapacitado.

RODRIGUEZ & CORTS

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SUBVENCIONES A LA INVERSION EMPRESARIAL – PLAZO ABIERTO PERMANENTEMENTE

Ayudas –ADELANTE INVERSIÓN-, para el Fomento de la Inversión y la mejora de la productividad Empresarial en Castilla-La Mancha (FIE), cuyo objeto es subvencionar la inversión para proyectos empresariales, industriales o de servicios, promovidos por pymes.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  1. Creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo, después de la solicitud de subvención, se cree algún puesto de trabajo en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Cuando la apertura del nuevo establecimiento sea el resultado del traslado de otro existente por cierre de este último, no será necesaria la creación del puesto de trabajo.
  2. Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  3. Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
  4. Transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

Estos proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 5.000 euros y no podrán superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. a) Terrenos.
  2. b) Urbanización de terrenos.
  3. c) Adquisición de
  4. d) Obra civil.
  5. e) Trabajos de planificación e ingeniería.
  6. f) Bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.
  7. g) Mobiliario y enseres.
  8. h) Equipos y programas informáticos.

CUANTÍAS

  • 45% si es pequeña empresa
  • 35% si es mediana empresa.

El plazo de solicitud queda ABIERTO PERMANENTEMENTE.

RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 4 meses, a contar desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD, DE LA INVERSIÓN, DEL EMPLEO Y DE LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LOS GASTOS SUBVENCIONABLES

Durante un periodo mínimo de 3 años desde la finalización del plazo de justificación de la subvención.

RODRIGUEZ&CORTS ASESORES

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AYUDAS ENERGIAS RENOVABLES

 

Para Pymes, particulares y comunidades de propietarios. Actuaciones subvencionables: sistemas de bombeo para riego con placas solares, calentador de agua para uso doméstico con placas solares, etc. Plazo solicitud hasta 29-01-2018.

El Gobierno regional publica hoy la convocatoria de la resolución por la que se convocan ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha en 2018. Una convocatoria que tiene como objetivo último continuar incentivando las energías limpias y garantizar la reducción de las emisiones de CO2, en favor de un modelo de desarrollo sostenible.

Estas ayudas, van dirigidas tanto a PYMES como a ayuntamientos, hogares y comunidades de propietarios en el caso de las tecnologías Fotovoltaica y mixta eólica-fotovoltaica, mientras que las correspondientes a la tecnología geotérmica, están destinadas a empresas, hogares, y comunidades de propietarios.

Esta convocatoria, que cuenta con 510.500 euros en ayudas, destinará para ayudas a la energía fotovoltaica y mixta eólica-fotovoltaica, un total de 320.000 euros, y a la incentivación de la energía geotérmica 190.500. Por lo que a la cuantía de las subvenciones se refiere, serán del 40% de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 30.000 euros por proyecto.

En cuanto al periodo de ejecución para los proyectos subvencionables, éste será el comprendido entre el 30 de diciembre y el 15 de octubre de 2018, mientras que el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 29 de enero de 2018.

Como novedad, la convocatoria establece un criterio de valoración favorable para aquellas actuaciones ubicadas en las zonas de Inversión Territorial Integrada (ITI), afectadas por la despoblación, que serán valoradas con 20 puntos adicionales.

El Gobierno regional dedicará en 2018, 4,5 millones de euros al fomento de la eficiencia energética y las energías renovables, que se sumarán a los más de seis millones destinados hasta el momento desde el inicio de la legislatura, de los que se han beneficiado más de 4.200 empresas, ayuntamientos y hogares de Castilla-La Mancha.

RODRIGUEZ&CORTS ASESORES

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SUBVENCIONES A LA INVERSION EMPRESARIAL

Ayudas –PLAN ADELANTE INVERSIÓN-, para el Fomento de la Inversión y la mejora de la productividad Empresarial en Castilla-La Mancha, cuyo objeto es subvencionar la inversión para proyectos empresariales, industriales o de servicios, promovidos por pymes.

Plazo: Hasta el 15/12/2017

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  1. Creación de un nuevo establecimiento.
  2. Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  3. Diversificación de la producción de un establecimiento en productos nuevos.
  4. Transformación fundamental del proceso global de producción.

Inversión mínima 5.000 euros y máxima de 900.000 euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Adquisición y urbanización de terrenos, adquisición de edificios, obra civil, trabajos de planificación e ingeniería, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliarios y enseres, equipos y programas informáticos.

PORCENTAJES MÁXIMOS DE SUBVENCIÓN

Hasta 45% si es pequeña empresa y hasta 35% si es mediana empresa.

https://www.jccm.es/tramitesygestiones/subvenciones-adelante-inversion-para-el-fomento-de-la-inversion-y-la-mejora-de-la

RODRIGUEZ&CORTS ASESORES

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Nuevas subvenciones para los autónomos

Plazo de solicitud finaliza el 17 de noviembre de 2017

Beneficiarios de las ayudas:

  • Personas físicas dadas de alta como autónomos.
  • Autónomos de comunidades de bienes o civiles.
  • Personas físicas que constituyan una sociedad limitada y trabajen en ella.
  • Familiares de alta como autónomos colaboradores.

Todos aquellos que hayan cursado su alta entre el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de octubre de 2017.

Tipos de ayudas:

  1. Ayudas para desempleados que se establezcan como autónomos (por inicio de actividad hasta 3.600 euros para hombres y 4.800 euros para mujeres).
  2. Ayudas para la consolidación de proyectos (para aumentar la competitividad con acciones de asesoramiento con empresas especializadas hasta 3.600 euros para hombres y 4.800 euros para mujeres)
  3. Ayudas a favoreces la conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la actividad emprendedora (subvención para cubrir el coste salarial y de seguridad social derivado de la contratación durante la maternidad, paternidad, lactancia…con un limite de 1.000 euros al mes durante el permiso correspondiente, se incrementará 250 euros mas en caso de desempleados de larga duración).
  4. Ayudas para el fomento del relevo generacional (por el importe abonado en concepto de trasmisión de negocio hasta 5.000 euros para hombre y 6.000 para mujeres, mas 500 euros en caso de desempleados de larga duración).
  5. Ayudas al familiar colaborador que cause alta en el RETA o colegio profesional (Hasta 3.500 euros incrementados en 500 euros si el autónomo era desempleado de larga duración).
  6. Ayudas para los autónomos por la primera contratación indefinida de trabajador asalariado (Se subvenciona el primer contrato indefinido a jornada completa o parcial: el importe varia en función de las condiciones del trabajador contratado, pero la ayuda puede llegar a 6.700 euros).

RODRIGUEZ&CORTS ASESORES

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Subvenciones para la contratación de personas con discapacidad

Objeto

a) Favorecer, a través de la contratación, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en Castilla La Mancha.

b) Facilitar la adaptación de los puestos de trabajo de personas con discapacidad.

Destinatarios

Cualquier empresa o entidad

Requisitos

Para nuevos contratos.-

1º.- Los trabajadores deberán haber permanecido inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en alguna de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

2º.- La entidad, con anterioridad a la contratación, deberá solicitar el trabajador con discapacidad en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha con el documento de la oferta de empleo.

La empresa deberá mantener el puesto de trabajo por un periodo de 3 años desde la contratación o desde la transformación.

Las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad, estarán destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal.

La empresa deberá mantener el destino de los bienes durante un mínimo de 12 meses desde la fecha de la fecha de notificación de la concesión de la ayuda.

 Importe de la subvención:

Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad, consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementar con las siguientes ayudas hasta 2.800€ mas si se cumplen determinados requisitos

Plazo de Presentación

Desde el 10 de mayo al 15 de noviembre de 2017

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Ayudas a Cooperativas y Sociedades Laborales

Después de años en los que no se han convocado ayudas para las cooperativas y sociedades laborales, que siempre fueron las empresas mejor tratadas en el ámbito de las subvenciones, por fin se ha aprobado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha un decreto que establece varias líneas de subvención

Línea 1. Subvención constitución de cooperativas y sociedades laborales. Importe 1.100€

Línea 2. Subvención por la Incorporación de desempleados o trabajadores temporales como socios trabajadores. Importe hasta 10.000€

Líneas 3, 4 y 5. Subvención a la inversión, mejora de la competitividad y fomento de la comercialización. Importe de hasta el 50% del gasto en la modalidad de préstamo sin interés retornable.

Requisitos generales:

Estar al corriente de pago, desarrollar la actividad en Castilla-La Mancha, disponer de plan de prevención de riesgos laborales, mantener el nivel de empleo durante dos años, disponer de las licencias y autorizaciones legales para el ejercicio de la actividad, llegar contabilidad separada de la ayuda, diligenciar los libros contables y publicitar la ayuda recibida en la forma exigida.

Plazo de solicitud:

Anualmente mediante orden se abrirá el plazo de solicitud para las actuaciones realizadas durante ese ejercicio. Por ello es muy importante conocer los requisitos de las ayudas para cuando se convoquen poder solicitarlas.