MEDIDAS FASE III DESESCALADA EN CASTILLA LA MANCHA

Comercios minoristas

  • Aforo máximo al 50 por ciento de su capacidad. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
  • En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes, cuando no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente.
  • Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
  • Sistema de recogida de los productos adquiridos por teléfono o internet para evitar aglomeraciones.
  • Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.Mercadillos.- En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre, comúnmente conocidos como mercadillos, se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros.En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.Locales de hostelería y restauración
  • Consumo sentado en mesa: en Castilla-La Mancha el límite máximo será de dos tercios de su aforo.
  • Consumo en barra: Esta permitido garantizando una separación mínima de dos metros entre clientes.
  • Consumo en terraza al aire libre: se limita al 75 por ciento de las mesas permitidas, con una ocupación máxima de 20 personas por agrupación de mesas.
  • Se podrá encargar comida y bebida para llevar.
  • Para estos servicios deberá asegurarse el mantenimiento de la distancia física de dos metros entre las mesas de los clientes y se deberá respetar la distancia mínima de seguridad interpersonal.
  • Discotecas y bares de ocio nocturno.- Podrá procederse a su reapertura con el límite máximo de un tercio de su aforo.​
  • Terrazas al aire libre de estos establecimientos:  se limita al 75 por ciento de las mesas permitidas, con una ocupación máxima de 20 personas por agrupación de mesas.
  • Pista de baile o similar: este espacio podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.Además:
  • Se priorizará el uso de mantelerías de un solo uso.
  • Se evitarán cartas de uso común y se optará por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles o medios similares.
  • Se eliminan productos de autorservicio priorizando monodosis desechables.En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.Movilidad y franja horaria

 

  •  Se podrá circular por la provincia de residencia, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento por motivos sanitarios, laborales, profesionales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  •  Las personas residentes en las provincias de Cuenca y Guadalajara podrán circular entre ambas provincias al constituirse en una única unidad territorial a partir de su entrada en la Fase 3. Para Albacete, Ciudad Real y Toledo la movilidad queda limitada a la provincia de residencia.
  • Se suprimen las franjas horarias para todos los colectivos.
  • Los grupos no pueden superar un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

 

 

RODRIGUEZ&CORTS ASESORES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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